Jessica Sandoval Barra, Socia de SCL Abogados

Hoy comenzó a regir la Ley N°21.400, que consagra el matrimonio igualitario en nuestro país.

Este es un hito que no solamente beneficia a quienes desean contraer matrimonio, sino que tiene un alcance aún mayor, pues es un paso importantísimo para otorgar verdadera igualdad a las familias en Chile.

Un claro ejemplo de lo anterior es la nueva redacción del artículo 34 del Código Civil, que habla sobre los progenitores, pues ese artículo – en su inciso primero – señala expresamente que “Los padres y las madres de una persona son sus progenitores, respecto de los cuales se ha determinado una relación de filiación. Se entenderán como tales a su madre y/o padre, sus dos madres, o sus dos padres”.

Es innegable el valor que tiene el matrimonio igualitario como tal, permitiendo la vinculación jurídica bajo la figura del matrimonio sin distinción de sexo, identidad de género u orientación sexual; sin embargo, me parece sumamente relevante hacer hincapié en que este es un triunfo no solo para los futuros cónyuges, sino que para la familia chilena como ente social.

La igualdad de los hijos ante la ley, que – se supone- había sido consagrada en Chile con la Ley de Filiación de 1998, tuvo en aquella norma un avance muy notable, pero, lamentablemente, resultó ser insuficiente. Hoy, con la entrada en vigencia de la Ley de Matrimonio igualitario, se ha progresado en este sentido, aumentando el grado de igualdad de los hijos y las familias.

En conclusión, la igualdad jurídica ha encontrado este 10 de marzo en la Ley de Matrimonio Igualitario, un refuerzo positivo y necesario para seguir construyendo una sociedad más justa. Es de esperar que la legislación chilena siga avanzando en ese sentido y estaremos atentos a ello.

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